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Once años al servicio de la verdad

Martes, 22 de mayo de 2012 | Año XI | Número: 4193
Directora General: Rocío Castellanos Rodríguez

Contempla Ley Antisecuestro mayores penas

Mayores penas y mejor coordinación entre entidades federales y estatales.Mayores penas y mejor coordinación entre entidades federales y estatales.Puntos medulares de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, que hoy promulgó el Ejecutivo Federal, tras su aprobación por el Congreso de la Unión:

Primero. Se endurecen las sanciones. La Ley que se expide establece penas de 25 a 45 años cuando el secuestro se realice con violencia, en grupo o, peor aún, por quienes hayan pertenecido o pertenezcan a instituciones de seguridad pública.

Si la víctima de secuestro fuese privada de la vida, la pena será de 40 a 70 años. Además, la pena de prisión por este delito, algo muy importante, va a ser una pena de prisión definitiva; es decir, no habrá libertad preparatoria, no habrá conmutación de la condena. No habrá ninguna forma de reducir la pena al secuestrador. Los secuestradores purgarán su condena en la cárcel sin beneficios.

Segundo. Se prevé que el delito de secuestro no prescriba; es decir, el secuestro será sancionable sin importar cuánto tiempo haya pasado entre la comisión del delito y la presentación del inculpado ante la justicia.

Tercero. La Ley mejora la coordinación entre las autoridades Federales y las estatales. Se establece con toda claridad los casos en los que los secuestros son de competencia Federal y los que competen únicamente a las entidades estatales.

Además, se establecen mecanismos para una mejor coordinación entre la Federación y las entidades federativas en diversos temas, relacionados con el secuestro, como puede ser la prevención, los criterios para la organización, operación y modernización tecnológica para combatirlo, etcétera.

Los tres órdenes de Gobierno estaremos estrechamente vinculados, a través del Centro Nacional de Prevención y Participación Ciudadana, para conocer las zonas de riesgo, para intercambiar información, para realizar campañas tendientes a prevenir el delito, para establecer relaciones de colaboración con las autoridades competentes y con las organizaciones sociales.

Cuarto. Se fortalece el marco legal de las Unidades Antisecuestro. El establecimiento de estas unidades había sido un compromiso por parte de los gobiernos de los estados, en el marco del Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad.

 

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